La EEOC pone en vigor dos leyes que te protegen contra la discriminación sexual en el trabajo:
- El Título VII prohíbe que un patrono te trate de manera diferente, o menos favorable, por tu sexo. El Título VII también prohíbe las decisiones laborales basadas en estereotipos sobre habilidades y cualidades de un género en particular. Tanto hombres como mujeres están protegidos contra la discriminación por sexo bajo el Título VII.
- La Ley de Remuneración Equitativa requiere que hombres y mujeres que estén en el mismo lugar de trabajo reciban la misma paga por el mismo trabajo. Esto significa que los patronos no pueden pagar salarios distintos a hombres y mujeres que realizan trabajos sustancialmente similares en el mismo lugar por el sexo.
Las leyes puestas en vigor por la EEOC también prohíben el acoso sexual en el trabajo. El acoso sexual incluye conductas de naturaleza sexual, tales como chistes sexuales o pedidos de favores sexuales, y conductas no sexuales basadas en tu género. La ley te protege contra el acoso sexual por parte de tu supervisor, un supervisor de otra área, un compañero de trabajo u otras personas del lugar de trabajo, tales como clientes. Tanto el acosador como la víctima pueden ser hombre o mujer.
Discriminación por Sexo - Ejemplo
A continuación hay un ejemplo de trato injusto en el trabajo que puede basarse en el sexo:
Joanne solicita un empleo en una empresa local que habitualmente contrata a estudiantes de secundaria para trabajar en cuadrillas de obras. Sin embargo, el gerente la conduce a un puesto de secretaria en la oficina principal de la empresa. Cuando se está retirando, Joanne escucha que el gerente le dice a un compañero que le hizo un favor, dado que el trabajo en una obra es para hombres. Joanne fue discriminada si el gerente no la contrató para un puesto en la cuadrilla por ser mujer.
Discriminación por sexo – Preguntas frecuentes
Selecciona cualquiera de las preguntas a continuación para obtener respuestas rápidas a algunos interrogantes comunes acerca de la discriminación por sexo.
¿Cuáles son algunos ejemplos de acoso sexual?
El acoso sexual involucra conducta inapropiada de naturaleza sexual en el lugar de trabajo. El acosador, como también la víctima, pueden ser hombre o mujer. El acosador puede ser tu supervisor, un supervisor de otra área, un compañero de trabajo o alguien que no trabaja para tu patrono, como un cliente. El acoso sexual puede incluir comentarios o chistes sexuales, presión para obtener una cita o favores sexuales, manoseo sexual, gestos sexuales, o dibujos, caricaturas o fotos sexuales. El acoso sexual también puede incluir conductas no sexuales basadas en tu género, tales como comentarios acerca de que determinados tipos de trabajo son “de mujer”.
¿Los hombres están protegidos contra el acoso y la discriminación sexual?
Sí. Tanto hombres como mujeres están protegidos contra el acoso y la discriminación sexual en el trabajo.
¿Es ilegal que alguien discrimine u hostigue a otra persona de su mismo sexo?
Sí. Es ilegal que los individuos discriminen u hostiguen a personas de su mismo género. Un hombre no puede discriminar ni hostigar a otro hombre por su sexo y una mujer no puede discriminar ni hostigar a otra mujer por su sexo.
¿Es ilegal que alguien discrimine u hostigue a determinados hombres o mujeres y no a otros?
Es ilegal que alguien discrimine u hostigue a un subconjunto de un grupo protegido. Por ejemplo, un gerente no puede tratar a mujeres negras diferente de hombres negros en base a un estereotipo sexual.
¿Es ilegal ser discriminado u hostigado por tu sexo y por otra razón prohibida, tal como la raza?
Es ilegal que un patrono te discrimine por la combinación de tu sexo y otra categoría protegida, tal como el origen nacional o la religión. Por ejemplo, es ilegal que una tienda de ropa se niegue a contratar a mujeres musulmanas, aun si contrata a otras mujeres y a hombres musulmanes.
¿Puede un patrono discriminar a hombres y mujeres casados o solteros?
Las leyes puestas en vigor por la EEOC no prohíben la discriminación basada en el estado civil, aunque tal vez sí lo hagan algunas leyes estatales o locales. No obstante, es ilegal que un patrono tenga una política que prohíba o restrinja el empleo de mujeres casadas si la regla no se aplica también a hombres casados.
¿Puede un patrono requerir que las mujeres trabajen sólo con clientas mujeres y que los hombres trabajen sólo con clientes hombres?
En general no. Un patrono no puede depender de la preferencia de clientes o compañeros de trabajo de hombres o mujeres. No obstante, en un número muy limitado de casos, un patrono puede seleccionar a un individuo para desempeñar una tarea en base al sexo. Por ejemplo, un patrono del campo de la salud puede conceder el pedido de un paciente de tener una enfermera del mismo sexo que lo ayude al bañarse, sin violar la ley.
¿Puede un patrono denominar a determinados trabajos como “de hombre” o “de mujer”?
Como regla general, un patrono no puede denominar a determinados trabajos como “de mujer” o “de hombre”. Por ejemplo, sería ilegal que una agencia de empleo temporera le dijera a una solicitante de empleo mujer que sólo envía a hombres a los trabajos en fábricas.
¿Qué sucede si soy hostigado en el trabajo por ser hombre o mujer, pero la conducta no es de naturaleza sexual?
El hostigamiento basado en el género, es decir la conducta que no es de naturaleza sexual, pero se basa en el género de un empleado en particular, también es ilegal. Por ejemplo, si un gerente dice a las empleadas que “las mujeres deben quedarse en la casa”, el gerente las está hostigando en base al sexo.
¿Se considera acoso sexual si alguien con quien yo solía salir no me deja en paz en el trabajo?
Puede ser, si dejas en claro a la persona con quien solías salir y a la empresa que ya no te interesa la relación. Si la persona insiste en continuar la relación o te hace propuestas o comentarios sexuales, tienes un potencial reclamo por acoso sexual.
¿Estoy protegido si me discriminan u hostigan por mi inclinación sexual?
Si bien la ley federal no prohíbe la discriminación o el hostigamiento en base a la inclinación sexual, sí prohíbe el hostigamiento por parte del mismo sexo. Por ejemplo, si un empleado hombre homosexual está siendo hostigado en el empleo por otros hombres porque actúa de manera muy femenina, puede tener un reclamo por discriminación sexual que puede radicar ante la EEOC. Además, algunas leyes estatales y locales prohíben la discriminación por inclinación sexual.
¿Puede mi patrono pagarme menos que a personas del sexo opuesto que realizan el mismo trabajo?
Un patrono no puede pagar distintos salarios a hombres y mujeres que realizan el mismo trabajo en el mismo lugar por el sexo. Todas las formas de paga y beneficios están cubiertos, incluyendo salarios, paga por horas extra, bonos, opciones de compra de acciones, participación en la ganancia, vacaciones, bonificaciones de limpieza y nafta, alojamiento en hoteles, reembolsos por gastos de viajes y beneficios. Si hay una diferencia en la paga entre hombres y mujeres, un patrono no puede igualar los salarios reduciendo los salarios de los empleados a los que se paga más.
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